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Alquiler

Ático en alquiler en Centro en Puerto de Santa María (El)

Buen estado
850 €
Alquiler
Piso
50 m²
2Habitaciones
1Baño
Buen estado
No
Ascensor
No
No
Terraza
Detalles del producto
F2353. Alquiler anual EXCLUSIVA PUERTOHOUSE. Solo se atiende por WhatsApp en el 6*0*7*2*6*5*8*6*5 (PUERTOHOUSE). Se alquila para todo el año piso ático de unos 50 m2 aproximadamente, con ascensor, ubicado en plena calle larga de El Puerto de Santa María. La vivienda cuenta con una gran terraza privativa de unos 15 m2, un luminoso salón, con la cocina integrada, un cuarto de baño en el pasillo, con su placa ducha, el dormitorio principal, con un buen armario empotrado, y un segundo dormitorio, este ya más pequeño, pero que resulta ideal para teletrabajar o bien para destinarlo a vestidor, como cuarto de la plancha, etc. La vivienda es muy independiente, cómoda y luminosa. Aire acondicionado en el salón. Recién pintada. No dispone de plaza de aparcamiento, aunque la zona, muy comercial, cuenta con una gran rotación de vehículos. Rodeado de comercios y servicios de todo tipo. A cinco minutos andando de la estación de trenes y autobuses. Se alquila para todo el año, en el precio de 850 euros, con la comunidad incluida, y los suministros aparte, domiciliados en la cuenta del inquilino. CONDICIONES: *1. - se informa que el propietario solicita un perfil muy concreto de arrendatario, tipo funcionario o muy similar, con gran estabilidad laboral y garantías de cobro. *2. -no se admiten mascotas de ningún tipo. *3. - esta vivienda esta orientada para la convivencia de dos personas. Se ruega abstenerse de contactar familias con un número mayor de integrantes. *4. - se informa que la vivienda no dispone de cama de matrimonio en el dormitorio principal, ni cama de plaza en el cuarto mas pequeño. - por favor, interesados que cumplan el perfil que busca el propietario, contacten en horario comercial en el WhatsApp del numero 6*0*7*2*6*5*8*6*5 (PUERTOHOUSE). * NOTA: en cumplimiento del real decreto 2/2023, de 24 de mayo, se informa al cliente que, para la correcta actualización de la renta, será de aplicación en el arrendamiento el IRAV del mes correspondiente de publicación. Igual
Editado hace menos de 2 semanas
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